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Condena solidaria a Bankia por financiar multipropiedad

La Sección de Cartagena de la Audiencia Provincial de Murcia, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de juicio Ordinario nº 302/2014 .seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de San Javier en el que han intervenido como demandantes Avelino y Camila representados por la Procuradora Dª Carmen Almudena Cler Guirao y asistido del letrado D. Pedro Lago Pérez y como parte demandada TURHOTELES VACATIONS CLUB ,S.L. en rebeldía procesal y BANCAJA , sustituida por absorción por BANKIA,S.A, representada por el Procurador D. Manuel Sevilla Flores y con la asistencia del letrado Dª María Nuria Asunción Rodríguez habiendo intervenido en la alzada dichas partes, en su condición de recurrente BANCAJA , sustituida por absorción por BANKIA,S.A , representado por el Procurador D. Manuel Sevilla Flores y con la asistencia del letrado Dª María Nuria Asunción Rodríguez y como parte apelada Avelino y Camila representados por la Procuradora Dª Carmen Almudena Cler Guirao y asistido del letrado D. Pedro Lago Pérez.

Declarada la nulidad de un Contrato de Multipropiedad suscrito con Turihoteles Vacations CLub, S.L., la Audiencia Provincial confirma la vinculación entre el Contrato de Multipropiedad y el Contrato de Préstamo suscrito con Bancaja (actual Bankia) y declara a esta última responsable solidaria de la devolución del precio abonado por los demandantes.

La vinculación de los contratos implica la existencia de una sola operación comercial y de un solo ilícito civil atribuible de forma solidaria a ambas demandadasPor tanto, su responsabilidad debe ser también solidaria y sin que esta responsabilidad se limite como sostiene la parte recurrente a los intereses abonados por los demandantes a BANKIA en la cuantía de 5.246.59 EU y en consecuencia se estaría vulnerando lo dispuesto en el artículo 15.1 de la Ley de Crédito al Consumo, que establece la facultad del consumidor de ejercitar los mismos derechos frente a la entidad vendedora y frente a la entidad prestamista cuando los contratos se encuentren vinculados.